NORMA VENEZOLANA #
COVENIN 1756-1:2001
EDIFICACIONES SISMORRESISTENTES PARTE 1: REQUISITOS #
(1ra Revisión)
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA DIRECCIÓN GENERAL SECTORIAL DE EQUIPAMIENTO URBANO
FUNVISIS
FONDONORMA
Documento re-tipografiado a partir del escaneo de la edición FONDONORMA (2001), mediante OCR y verificación asistida por IA página por página (julio 2026). No es una publicación oficial de FONDONORMA/FUNVISIS; ante cualquier discrepancia prevalece el documento original. Los mapas y figuras se reproducen del escaneo original.
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
FUNVISIS
NORMA VENEZOLANA COVENIN 1756:2001-1 #
EDIFICACIONES SISMORRESISTENTES Parte 1: Requisitos #
CARACAS, MARZO DE 2001
PRÓLOGO #
El CONSEJO SUPERIOR DE FONDONORMA, en su 7ma reunión del día 25 de Julio de 2001, aprobó la presente Norma elaborada por la Comisión Ad-Hoc designada por la Fundación Venezolana de Investigaciones Sismológicas FUNVISIS, como la Norma Venezolana COVENIN 1756:2001, Partes 1 y 2, titulada EDIFICACIONES SISMORRESISTENTES, REQUISITOS Y COMENTARIOS respectivamente, que sustituye a la Norma Venezolana COVENIN 1756:1998 Edificaciones Sismorresistentes (Provisional).
Las observaciones y consultas técnicas deberán entregarse por escrito y debidamente documentadas, según las pautas establecidas en la "Guía para Consultas Técnicas a la Comisión Ad-Hoc de FUNVISIS", las cuales se detallan al final de esta publicación.
Se agradece dirigir las observaciones, sugerencias y consultas a la Prof. Nuris Orihuela, Presidenta de FUNVISIS, o al Dr. José Grases, Coordinador.
Fax: (0212) 257.99.77 e-mail: funvisis@internet.ve
Dirección postal: FUNVISIS, Prolongación Calle Mara, El Llanito, Caracas 1070-A
Distribución y Venta:
FONDONORMA, Fondo para la Normalización y Certificación de la Calidad Torre Fondocomún, Piso 12 Av. Andrés Bello, Caracas Teléfono (desde el extranjero 58212 ó desde Venezuela 0212) 575.41.11
PRESENTACIÓN #
A fines de 1990, el Ing. César Hernández organizó la revisión de la Norma COVENIN 1756, Edificaciones Antisísmicas, en vigencia desde 1982. Para ello se convocó un conjunto de profesionales que se agruparon en diferentes comisiones según sus especialidades; estos fueron: Agustín Mazzeo, Américo Fernández, André Singer, Antonio Güell, Arnaldo Gutiérrez, Arnim De Fries, Carlos Beltrán, Celso Fortoul, Eduardo Celis, Enrique Arnal, Enrique Gajardo, Feliciano De Santis, Franck Audemard, Giovanni Cascante, Heriberto Echezuría, José Grases, Jorge Mendoza, Julio J. Hernández, Manuel Pagá, Mathias Franke, Miguel Lugo, Oscar Andrés López, Pascual Perazzo, Peggy Quijada, Robert Pérez, Roberto Araya, Salvador Safina, Simón Lamar, Víctor Fariñas, William Lobo Quintero.
Con posterioridad al fallecimiento del Ing. César Hernández, su sustituto en la Presidencia de FUNVISIS, el Ing. Nicolás Colmenares, aseguró la continuidad de los trabajos de revisión de la misma entre 1991 y 1996. De igual forma el Dr. André Singer, Presidente de la Fundación hasta finales del año 1999 y a la Profesora Nuris Orihuela actual Presidenta cuyo apoyo incondicional ha facilitado el éxito de este proyecto.
El documento contiene el Articulado de la nueva Norma COVENIN 1756 para Edificaciones Sismorresistentes, que la Comisión ad-hoc designada por FUNVISIS elevó a la consideración de la Comisión de Normas de MINDUR, el 31 de julio de 1998. Su contenido incluye las observaciones y sugerencias de esa Comisión de Normas, y es el resultado de un conjunto de contribuciones coordinadas por FUNVISIS durante los últimos años, entre las cuales destacan las siguientes:
a) Elaboración de un extenso documento base, preparado por los Ingenieros: Julio J. Hernández, Oscar A. López, Arnaldo Gutiérrez y Ricardo Bonilla, el cual contiene contribuciones de FUNVISIS e INTEVEP, presentado a finales de 1996. En ese documento se incorporaron los análisis y recomendaciones en el área de geotécnia y espectros de respuesta, elaborados por Heriberto Echezuría, José Luis Alonso, Ender
Parra, así como observaciones presentadas por Denis Rodríguez, José Bolívar, Robert Pérez y William Lobo Quintero.
b) Preparación de una versión preliminar del Articulado, fundamentada en el documento anterior, por los Ingenieros: José Grases, Arnaldo Gutiérrez y Robert Pérez, presentada en Agosto de 1997, de la cual se hizo una edición de 100 ejemplares para ser distribuidos en todo el país.
c) Organización de las observaciones, comentarios y sugerencias recibidas hasta Febrero de 2001, y revisiones del nuevo mapa de zonificación sísmica. Contribuyeron los siguientes profesionales: Alberto Ramos, Alfonso Malaver, Alfredo Morón, André Singer, Andrés Pesti, Antonio Sarco, Arnaldo Gutiérrez, Cesar Vezga, Denis Rodríguez, Eduardo Arnal, Eduardo Celis, Ender Parra, Enrique Castilla, Franck Audemard, Germán Lozano, Gloria Romero, Gustavo Arias, Henrique Arnal, Herbert Rendón, Heriberto Echezuría, INTEVEP, Jorge González , Joaquin Marín, José Bolívar, José Grases, José Parra, José A. Peña, José A.. Rodríguez, José B. Perez Guerra, José M. Velásquez, Julio J. Hernández, Gustavo Malavé, Leonardo Mata, Manuel Pagá, Mario Mendoza, Mario Paparoni, Oscar A. López, Pedro Rivero, Pietro Di Marco, Ricardo Bonilla, Roberto Ucar, Rosendo Camargo Mora, Sociedad Venezolana de Ingenieros Civiles (SOVINCIV), William Lobo Quintero.
d) Preparación y discusión del texto del articulado final presentado en Diciembre de 1998, por parte de una Comisión Ad-Hoc designada por FUNVISIS con la participación de los siguientes profesionales: Arnaldo Gutiérrez, Denis Rodríguez, Heriberto Echezuría, Jorge González (Secretario), José Grases (Coordinador), Oscar A. López, William Lobo Q. y Manuel Pagá (Asesores), con sede en el Instituto de Materiales y Modelos Estructurales (IMME) de la U.C.V. Esta versión se tradujo al inglés y está incluida en la lista de normas sismorresistentes mundiales de la International Association for Earthquake Engineering
e) Cumplido el período previsto de provisionalidad se procedió a la revisión y actualización de la versión de Diciembre de 1998, esto fue realizado por la siguiente
Comisión Ad-Hoc: Arnaldo Gutiérrez, Denis Rodríguez, Heriberto Echezuría, Jorge González (Secretario), José Grases (Coordinador), Oscar A. López, con la colaboración de José Parra y Manuel Pagá. La revisión del Comentario estuvo a cargo de Julio J. Hernández. La Comisión sesionó en la sede de FUNVISIS.
Comisión Ad-Hoc Caracas, 16 de Marzo de 2001
AGRADECIMIENTOS #
Los miembros de la Comisión dejan constancia de su agradecimiento por su aporte y apoyo permanente, a las instituciones que se citan a continuación: Fundación Venezolana de Investigaciones Sismológicas (FUNVISIS), Instituto de Materiales y Modelos Estructurales (IMME) de la Facultad de Ingeniería, UCV; Centro de Investigación y Apoyo Tecnológico de Petróleos de Venezuela (PDVSA-INTEVEP); Consejo Nacional de la Vivienda (CONAVI); Servicio Autónomo de Geografía y Cartografía Nacional (SAGECAN) del Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales Renovables (MARNR).
Los miembros de la Comisión agradecen también a los ingenieros Salomón Epelboim, Joaquin Marín, Arnaldo Gutiérrez y Carmen Lobo de la ex–comisión de Normas del Ministerio del Desarrollo Urbano (MINDUR) por la revisión del texto final y sus valiosos aportes al contenido de este documento. Igualmente se agradece la colaboración de la dibujante Marina Peña en la preparación de la parte gráfica de este documento.
Comisión Ad-Hoc
EDIFICACIONES SISMORRESISTENTES COVENIN-MINDUR 1756:2001 #
INTRODUCCIÓN #
La presente NORMA VENEZOLANA COVENIN 1756:2001, Edificaciones Sismorresistentes, Partes 1 y 2, Requisitos y Comentarios, respectivamente, aprobada por el Ministerio de Industria y Comercio como de carácter obligatorio de conformidad con los Artículos 10 y 14 de la Ley sobre Normas Técnicas y de Control de Calidad, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela No _____ de fecha _____, hecha la revisión aprobada por el CONSEJO SUPERIOR DE FONDONORMA en su 7ma reunión del día 25 de Julio de 2001, sustituye a la Norma "Edificaciones Sismorresistentes" COVENIN-MINDUR 1756:1998 (Provisional), publicada y declarada de cumplimiento obligatorio en la Gaceta Oficial Nro. 36.635 de fecha 20 de enero de 1999. Se aplicará en conjunción con las Normas COVENIN-MINDUR vigentes y, transitoriamente, con los códigos extranjeros que se indican en las Disposiciones Transitorias de este texto. En caso de alguna contradicción, esta Norma privará en todos los aspectos concernientes a las acciones sísmicas y al diseño sismorresistente a considerar en el proyecto, construcción, inspección y mantenimiento de las edificaciones.
La presente Norma Venezolana está constituida por dos partes: Parte 1 Requisitos y Parte 2 Comentarios, organizados en Capítulos, Artículos, Secciones y Subsecciones, identificados con 1 a 4 dígitos. Cuando haya Comentario, el número del articulado es subrayado. En la Parte 2 Comentario, identificado por la inicial C, se encuentran explicaciones que complementan el Articulado y ayudan a su mejor interpretación. En general, los comentarios están respaldados por referencias especializadas.
Los requerimientos para el diseño sismorresistente de edificaciones establecidos en esta Norma, se complementan con otras normativas y especificaciones para la evaluación sísmica de equipos, instalaciones y otras obras, promulgadas en el país desde la primera versión de la Norma COVENIN 1756; una compilación sobre las mismas se encuentra en el libro DISEÑO SISMORRESISTENTE. ESPECIFICACIONES Y CRITERIOS APLICADOS EN VENEZUELA, editado como Vol. XXXIII por la Academia de Ciencias Físicas Matemáticas y Naturales de Julio de 1997.
PRINCIPALES CAMBIOS, REVISIÓN 2001 #
Los principales cambios hechos a la versión provisional de esta Norma, COVENIN 1756:1998, son los siguientes:
- Artículo 1.3 (nueva redacción)
- Artículo 3.5 (título y ampliación de los fundamentos de la Norma)
- Capítulo 4 (valores de Ao y ajuste de zonificación por Municipios)
- Capítulo 5 (nueva Tabla 5.1)
- Sección 6.2.2 (modificado)
- Sección 6.3.1 (mejoras en la descripción de tipos estructurales)
- Sección 6.4.1 (modificada)
- Tabla 7.1 (nueva Tabla 7.1)
- Subsección 7.3.2.1 (modificada)
- Artículo 8.5 (fórmula 8.2)
- Artículo 8.6 (mejor definición de criterios de superposición)
- Artículo 8.8 (nuevo)
- Artículo 9.5 (reducción de la excentricidad accidental; fórmulas 9.21 a 9.23)
- Subsección 9.6.2.2 (reducción de la excentricidad accidental)
- Subsección 11.4.5.1 (modificada)
- Artículo 12.2 (mejor definición del campo de aplicación)
- Capítulo 13 (nueva redacción)
- Índice Analítico (revisión y nuevas entradas temáticas)
- Comentario y Referencias (revisado, ampliado y enriquecido con referencias recientes).
Comisión Ad-Hoc Marzo 2001